La Importancia de hacer registro de marca
En la actualidad, pequeñas y medianas empresas piensan que el registro de marca es algo que no necesitan y que es exclusivo de grandes compañías, pues se que se trata de un trámite caro y supone un dinero mal invertido. Este pensamiento en la mayoría de los casos se produce por desconocimiento, mala información o falta de interés.
A continuación, le daremos estos sencillos ejemplos y claros motivos por los que realizar su registro de marca.
Ejemplo de éxito
Debemos tener claro que en la empresa lo que funciona, funciona, y lo hace independientemente del tamaño o de si se es una persona natural o jurídica. El ejemplo de la compañía de minúsculo origen Apple Inc., y el valor actual de la imagen de su mordida manzana suele ayudar a ponerse en contexto.
Dada su popularidad, es fácil entender que sus marcas son un gran activo que prevalece y crece con el tiempo por dos motivos: Desde el inicio realizaron el registro de marca, transformándola en derechos exclusivos, lo que no permitió a otros utilizar su icónica manzana a su favor y confundir al consumidor. La marca es la cara de las empresas, y es lo que genera apego, deseo y empatía, por tanto, es imprescindible asegurarse de que no podrá ser copiada por otros.
Supuestos prácticos
Suponga que un grupo de jóvenes con talento crea una pequeña empresa en la que invierten sus ahorros, tiempo y esfuerzo; logran un buen desarrollo, lo muestran en la web, consiguen notoriedad y algunos buenos contactos con los que generan ingresos.
1. Suponga también que la persona jurídica que usan los jóvenes para materializar su proyecto se llama ‘Methaproject Ltda., y su primer desarrollo exitoso se conoce y comercializa como METHA. Un buen día, reciben un correo electrónico certificado con un requerimiento en el que una sociedad llamada ‘Methaproject Desarrollos Informáticos S.A.’, la cual desconocen, les “invita”, a través de sus abogados, a cesar el uso de la denominación METHA con la que identifican sus productos y servicios, así como su dominio y razón social, por ser poseedores de varios derechos anteriores de marca o emprenderán acciones legales en su contra.
Los jóvenes emprendedores lo tienen en cuenta, y deciden contactar con expertos. Los profesionales consultados les aconsejan ceder, negociar un plazo para evitar la demanda y dejar de utilizar esa denominación, aclaran que el caso está difícil por la existencia de un derecho consolidado anterior y que las consecuencias pueden ser nefastas. No es difícil imaginar las consecuencias: El tiempo y dinero dedicado además del esfuerzo de tener que cambiar de imagen, de razón social, su publicidad, e incluso su nombre de dominio.
2. Usando el mismo supuesto de los jóvenes emprendedores, imagine que su plan de negocio funciona muy bien y una compañía importante decide absorberlos, lo que para ellos es más que interesante. Lógicamente la gran compañía emplea auditorias para cuantificar la empresa.
El auditor de las primeras cosas que solicita es un listado de activos. Todo bien; pero ¿Y los registros de marca?, ¿Cómo valora y cuantifica su imagen y la de sus productos? Sin registros de marca no puede. Gran error, ese valor no aparecerá en esta auditoría y tampoco podrán negociar una licencia. Estas dos situaciones que pueden parecer extremistas o exageradas se dan habitualmente y pueden evitarse con un registro de marca.
La importancia del registro de marca
El costo de hacer un registro de marca, ya sea para proteger la imagen corporativa y/o identificar productos o servicios son cómodos, es garantía de empezar con buen pie su proyecto y, en cualquier caso, un dinero bien invertido en la adquisición de un importante activo intangible.
Por este motivo, antes de iniciar cualquier actividad empresarial, o si ya se encuentra inmerso en ella, debe poner atención a la denominación con que se identifica. Sabido esto, conviene tener claros algunos conceptos útiles en la toma de decisiones acertadas al respecto:
• Quien primero solicita un registro de marca, gana. Por eso, antes de iniciar un registro se recomienda una investigación previa en la que se detecten y evalúen qué antecedentes marcarios existen. Esto se conoce como estudio de viabilidad de marca.
• Las marcas se protegen para una actividad o producto concreto. Para clasificar estas actividades o productos se utiliza la “Clasificación Internacional de Niza”. Debe enclavarse correctamente una marca en uno o varios de estos epígrafes para obtener una protección adecuada.
• El registro de marca se concede por 10 años renovables por igual periodo tantas veces como se requiera.
Por último mencionar que, contar con un aliado que lo asesore sobre el registro y vigile posteriormente las marcas es vital. Además no se trata de gestiones caras, especialmente si se valora el ahorro de tiempo y la tranquilidad que aporta un profesional al que puede realizar en cualquier momento consultas relacionadas con su marca registrada.
Contáctenos para tener el gusto de asesorarle, tenemos cubrimiento a nivel nacional. Teléfono en Cali: (2) 3788114. Cel 3207372694.
Requisitos para incluir elementos explicativos en el registro de sumarca
Registro de Marca
La Sección Primera del Consejo de Estado al decidir en única instancia una acción de nulidad relativa en Sentencia No. 11001032400020090018000 del pasado cuatro (4) de Agosto del año corriente, enfatizó los requisitos que se deben cumplir para incluir elementos explicativos en el registro de la marca.
Según el fallo, estas exigencias son:
- Que se haga de buena fe, lo que significa que el uso de cualquier signo distintivo, expresión, palabra o frase no debe hacerse con el objetivo de causar daño o perjuicio,
- Que no se inserten para ser usados a título de marca,
- Que se limite al propósito de identificación o información, es decir, que el propósito de utilizar elementos explicativos sea para generar información cierta sobre los productos y servicios que se ofertan en el mercado
- Que no induzca al público consumidor a error, para lo cual se debe verificar que la expresión explicativa no genere confusión, se debe procurar que la elección del consumidor sea libre y consciente.
Igualmente, la providencia informó que un signo puede registrarse como marca si reúne los requisitos de distintividad y susceptibilidad de representación gráfica y, además, si el signo no está incurso en ninguna de las causales de irregistrabilidad señaladas en la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Así mismo, indicó que para establecer la similitud entre dos signos distintivos la autoridad nacional tiene el deber de cotejar los signos en conflicto para luego determinar si existe o no riesgo de confusión o de asociación y agregó que basta la posibilidad de existencia de riesgo de confusión o de asociación para que opere de oficio la prohibición de registro. Es muy importante poner atención a estos lineamientos, pues las multas o demandas generadas por el incumplimiento de ellos pueden llegar a ser altas