Lo que usted debe saber sobre la Sociedad por Acciones Simplificada

¿La Sociedad por Acciones Simplificada se constituye por medio de escritura pública?
R/ Por regla general, las Sociedades por Acciones Simplificadas se constituyen por documento privado, el cual debe ser autenticado. Sin embargo, cuando el aporte se haga con activos cuya transferencia de dominio requiera la formalidad de una escritura pública, su constitución también deberá realizarse por medio de dicho instrumento.
¿El término de duración de una Sociedad por Acciones Simplificada debe ser determinado?
R/ En el documento constitutivo se puede disponer un término de duración definido o indefinido y, en caso de no indicarse nada al respecto, se entiende que la sociedad se ha constituido por término indefinido.
¿Cómo debe expresarse la razón social o denominación de la Sociedad por Acciones Simplificada?
R/ El nombre de la sociedad debe ir acompañado de las palabras “Sociedad por Acciones Simplificada” o de las letras “S.A.S.”
¿Es posible constituir una Sociedad por Acciones Simplificada en el exterior para que funcione en Colombia?
R/ La constitución de sociedades en Colombia, en general, debe estarse a lo consagrado en nuestro ordenamiento societario. En cuanto a lo particular, la Ley 1258 de 2008 Superintendencia de Sociedades determina los alcances de la la Sociedad por Acciones Simplificada. Esta ley sólo rige dentro del territorio nacional. Las sociedades anónimas simplificadas se constituyen en Colombia y se someten a la legislación nacional. Cualquier sociedad constituida fuera del territorio nacional se considera sociedad extranjera. Debemos anotar que nuestro ordenamiento mercantil considera que las sociedades comerciales poseen nacionalidad, lo que significa que es necesario reconocer la existencia del vínculo que une a las compañías con un determinado Estado.
¿Cuándo adquiere personalidad jurídica una Sociedad por Acciones Simplificada?
R/ La S.A.S. adquiere personalidad jurídica una vez queda inscrito en el registro mercantil el documento de constitución de la misma
¿Cuál es la naturaleza de una Sociedad por Acciones Simplificada?
R/ Es una sociedad de capitales, cuya naturaleza será siempre de carácter comercial, independientemente de Oficio 220-64519 del 30 de octubre de 2000 y Oficio 220-1989 del 17 de enero de 2003, Supersociedades.
¿La Sociedad por Acciones Simplificada puede negociar sus acciones en bolsa?
R/ Las acciones que emita una S.A.S. no pueden ser inscritas en el Registro Nacional de Valores y Emisores, ni negociarse en bolsa.
¿Cómo se constituye una Sociedad por Acciones Simplificada?
R/ Puede ser constituida por una o varias personas, bien sean naturales o jurídicas, mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privado, el cual debe ser autenticado y debidamente inscrito en el registro mercantil de la cámara de comercio correspondiente.
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